miércoles, 15 de agosto de 2012

INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LOS ALUMNOS CONDICIONALES

ORDENANZA N°001
IFDC-SL/11
SAN LUIS


VISTO:

La necesidad de generar acciones para aumentar los índices de retención de la matrícula de alumnos y disminuir la permanencia de los alumnos en las distintas carreras de la Institución, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 02 IFDC-SL/02 del Régimen Académico y las Cajas Curriculares de cada profesorado prevén la inscripción para cursar los espacios curriculares respetando sus respectivos cuadros de correlatividades;

Que lo mencionado en el visto amerita la necesidad de flexibilizar la inscripción y cursada a los alumnos a fin de no perjudicar el normal desarrollo de sus carreras;

Que Dirección Académica presta su acuerdo.

Por ello

LA RECTORA DEL
INSTITUTO DE FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA SAN LUIS
ORDENA:

Art.1. Permitir a los alumnos iniciar el cursado de las materias de manera  condicional  adeudando sólo una materia correlativa hasta que apruebe la misma en las Mesas de Exámenes ubicadas a mediados del primero o segundo cuatrimestre, según corresponda, y de acuerdo a lo previsto por el  Calendario Académico.

Art.2. En los 10 días subsiguientes a la finalización del turno de exámenes correspondiente el alumno deberá formalizar la inscripción en la materia que en la que se encontraba de manera condicional.

Art.3. Si el alumno no pudiera acreditar la materia correlativa en los términos especificados en el artículo 1 deberá automáticamente dejar de cursar y perderán validez todas las instancias evaluativas de las que hubiera participado hasta el momento en la materia que se encontraba cursando de manera condicional.

Art.4. Comunicar a Dirección Académica, Encargado de Tecnología, Sección Alumnos, Área Libro Matriz, Alumnos interesados, publicar y archivar.

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